¿Qué es el programa social?

los programas, proyectos y acciones derivadas de los objetivos de los programas estatal, y municipales, que de manera ordenada y sistemática se orientan a superar uno o más rezagos en servicios e infraestructura básica, a fomentar la economía social, o a apoyar directamente a las familias.


🔀 PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA (PCA)


¿Qué es el PCA?
Conjunto de modalidades de atención que tienen por objetivo otorgar un complemento alimentario a la población en situación de pobreza o pobreza extrema, así como a grupos vulnerables constituidos por niñas, niños, personas con TBC, adultos mayores, personas con discapacidad en situación de riesgo moral y abandono, y víctimas de violencia familiar y política.

Objetivos
El Programa de Complementación Alimentaria tiene como objetivo otorgar un complemento alimentario a la población en situación de pobreza, riesgo y vulnerabilidad, a través de las organizaciones sociales de base constituidas formalmente, instituciones públicas y privadas sin fines de lucro.

Quienes son los Usuarios
Los beneficiarios del programa de complementación alimentaria es aquella población que está en condición de pobreza o extrema pobreza; personas vulnerables como niños(as) y adultos mayores; personas con TBC y/o discapacidad en situación de riesgo moral y/o abandono; y víctimas de violencia familiar y política. El cual pueden acceder a este programa a través de comedores, hogares y albergues, convenios y compromisos con Adultos Mayores, y en las personas que están dentro del programa PANTBC.

🔀 PROGRAMA DE VASO DE LECHE (PVL)


¿QUE ES EL PROGRAMA VASO DE LECHE?
El Programa del Vaso de Leche (PVL) es un programa social creado para proveer apoyo en la alimentación a través de la entrega de una ración diaria de alimentos a una población considerada vulnerable, con el propósito de ayudarla a elevar los niveles de nutrición en la población vulnerable de pobreza y extrema pobreza.

¿CUALES SON SUS OBJETIVOS?
Contribuir a mejorar el nivel nutricional y la calidad de vida.
Reducir la mortalidad infantil.
Suministrar diariamente una ración complementaria a los niños, a las madres gestantes y lactantes.
Fomentar la lactancia materna.
Brindar un producto de calidad a los beneficiarios cumpliendo con los nutrientes respectivos de acuerdo a ley.
Mejorar  la calidad de vida y el estado  nutricional de los  niños menores de de 6 años. 
Mejorar la desnutrición, peligro de desnutrición y riesgo alimentario satisfacer las necesidades nutricionales de los beneficiarios del PVL.
Contribuir con  capacitaciones continuos con proyectos productivos  por comité.

¿CUAL ES LA POBLACIÓN BENEFICIARIA?
De acuerdo al marco legal del Programa, los principales beneficiarios son:
PRIMERA PRIORIDAD:
niños de 0-6 años.
Madres Gestantes por 09 meses.
Madres lactantes por 6 meses.

SEGUNDA PRIORIDAD:
Ancianos (a partir de 60 años).
Niños en estado de desnutrición (7-13años).
Pacientes con TBC.
Personas en condición de discapacidad permanente.

¿CUALES SON LOS REQUISITOS?
Niños de 00 a 06 años:
Copia de D.N.I. (NIÑO)
Copia de D.N.I. de la Madre y/o del Padre.
Tenencia temporal en caso de no haber apoderado. 
Madres Gestantes:
Copia de DNI.
Copia de la Tarjeta de Control Pre Natal al día, después del tercer control.
Atención por 9 meses.
Madres Lactantes:
Certificado de nacido vivo otorgado por el centro médico hasta los 6 meses.
Copia de D.N.I. de la madre lactante.

¿CUALES SON DE PRIORIDAD?
Niños de 07 a 13 años
Copia de DNI.
Certificado de desnutrición (crónica y/o aguda), expedido por el especialista en Nutrición del Ministerio de Salud y/o Red de Salud. Valido por 6 meses.
Copia de DNI de la Madre y/o del Padre. 
Discapacitados:
Copia de DNI.
Constancia de discapacidad.
Copia de DNI del Padre o Madre en caso de que el discapacitado sea menor  de edad. 
Ancianos:
A partir de 60 años de edad.
Copia de DNI. 

🔀 PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL


Programa Articulado Nutricional
Orientado a conseguir resultados vinculados a la reducción de la desnutrición crónica en niños menores de 5 años. Comprende un conjunto de intervenciones articuladas entre el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Seguro Integral de Salud, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. La rectoría de este programa estratégico está a cargo del Ministerio de Salud.

Resultado Final
Reducir la desnutrición crónica de niños menores de 5 años.

Resultados Intermedios
Reducir la incidencia de bajo peso al nacer.
Reducir la morbilidad por Infección Respiratoria Aguda (IRA), Enfermedad Diarreica Aguda (EDA), entre otras enfermedades prevalentes.
Mejorar la alimentación y nutrición del menor de 36 meses.
Conducción de la gestión de la estrategia.

 Resultados Inmediatos
 Gestión de la estrategia nutricional
Regulación de la financiación y provisión de servicios al menor de 36 meses
Comunidades promueven prácticas saludables para el cuidado infantil y para la adecuada alimentación para el menor de 36 meses.
Hogares adoptan prácticas saludables para el cuidado infantil y adecuada alimentación para el menor de 36 meses.
Alimentos disponibles y de calidad para el menor de 36 meses.
Acceso y uso de agua segura.
Diagnóstico y tratamiento IRA, EDA y otras enfermedades prevalentes regionales.
Mejorar la nutrición de la gestante  

Productos 
Niños con vacuna completa
Niños con Control de Crecimiento y Desarrollo (CRED) completo según edad
Atención de Infecciones Respiratorias Agudas (IRA)
Atención de Enfermedades Diarreicas Agudas (EDA)
Atención de IRA con complicaciones
Atención de EDA con complicaciones
Atención de otras enfermedades prevalentes
Gestantes con suplemento de hierro y ácido fólico
Atención de niños y niñas con parasitosis intestinal
Vigilancia, investigación y tecnología en salud
Calificación de municipios saludables
Desarrollo de normas y guías técnicas en nutrición
Familias saludables para el cuidado infantil
Niños con suplemento de hierro y vitamina A
Control de calidad nutricional de los alimentos
Vigilancia de la calidad del agua para consumo humano
Desinfección y/o tratamiento del agua para consumo humano.

🔀 UNIDAD LOCAL DE FOCALIZACIÓN (SISFOH)


UNIDAD LOCAL DE FOCALIZACIÓN (SISFOH).
El SISFOH es un instrumento fundamental para responder las necesidades de información social. Para ello, cuenta con un sistema de información sobre las características socioeconómicas de los hogares, llamado Padrón General de Hogares (PGH). En este contexto, la focalización es el acto por medio del cual se asignan los subsidios del Estado a las familias más pobres y vulnerables.
De acuerdo al numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011, el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), tiene por finalidad administrar una base de datos socioeconómica única (Padrón General de Hogares) que permita priorizar la atención de los hogares y personas en situación de pobreza y pobreza extrema.
El SISFOH se encarga de dictar las normas técnicas, métodos y procedimientos que regulan la focalización de hogares, lo que incluye, progresivamente, mecanismos de actualización permanente de los padrones de potenciales usuarios de los programas sociales. Asimismo, en coordinación con los gobiernos locales, se recaba información respecto de potenciales usuarios, la cual es remitida al Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) para la respectiva clasificación socioeconómica.
Asimismo, el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 399-2004-PCM crea al SISFOH con el objeto de proveer información a los programas sociales para la identificación y selección de sus beneficiarios.

En ese sentido, las funciones del SISFOH son:
Administrar el Padrón General de Hogares y ponerlo a disponibilidad de los programas sociales,
Establecer la clasificación socioeconómica de los potenciales usuarios, y
Establecer normas de focalización.
La responsabilidad de la operación del SISFOH está a cargo de la Unidad Central de Focalización (UCF), bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios (DGGU) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
La UCF en la ejecución de sus actividades deberá seguir las políticas y disposiciones que establezca la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales del MIDIS.

OBJETIVOS
El SISFOH tiene entre sus objetivos:
Mejorar la equidad del gasto social y contribuir a mejorar la eficiencia y eficacia de los programas sociales, identificando a los grupos que requieren más ayuda del Estado.
Establecer procedimientos técnicos y uniformes para la identificación de los potenciales usuarios de los programas sociales.
Identificar a los potenciales usuarios de los programas sociales. El SISFOH califica socioeconómicamente a las personas que son potenciales usuarios y los Programas Sociales los eligen.
Cuantificar el nivel de bienestar de los hogares empadronados, mediante la construcción del Índice de Focalización de Hogares (IFH).

 ¿Qué es Focalización?
La Focalización es el conjunto de procesos a través del cual se concentran o dirigen los recursos públicos o privados hacia un centro o foco de la población (población objetivo) para aliviar o superar, según sea el caso, un problema determinado que los afecta y que se constituye en la finalidad del Programa Social que busca atenderlos.
El objetivo de la focalización es aumentar la efectividad del gasto social, asignando recursos a las personas que presentan las mayores carencias.
Son los Programas Sociales los que deben funcionar como herramientas temporales que ayuden a los peruanos más vulnerables a salir de la pobreza y les permitan insertarse en las cadenas productivas que impulsan el desarrollo del país.

¿Para qué focalizar?
El propósito del sistema de focalización es contribuir en mejorar la eficacia de los programas sociales. Las evidencias a nivel nacional e internacional permiten afirmar que los programas sociales mejor focalizados y que utilizan los incentivos adecuados obtienen los mejores resultados. Las evidencias indican que, si el incentivo se dirige a los más pobres, éstos pueden acercar más pronto sus indicadores al de los no pobres.
Para lograr que los incentivos en los más pobres sean eficaces, tenemos que empezar por aumentar la cobertura de los más pobres, es decir, lograr que estos tengan prioridad en el acceso a los beneficios de los programas sociales.
Para que la focalización sea efectiva es necesario separar funciones: Por un lado, el sistema de focalización debe proveer un padrón con los potenciales usuarios y, por el otro, el programa social debe seleccionar a los beneficiarios de dicho padrón.
Además, cada cierto tiempo el padrón debe ser actualizado. En Perú, será cada tres años a fin de reevaluar la pertinencia de mantener a un beneficiario en el programa.

🔀 Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM)



Los CIAM son espacios creados por los gobiernos locales, en el marco de sus competencias, para la participación e integración social, económica y cultural de la persona adulta mayor, a través de la prestación de servicios en coordinación o articulación con instituciones públicas o privadas, así como de programas y proyectos que se brindan en su jurisdicción a favor de la promoción y protección de sus derechos, según la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor.

Objetivo específico
Mejorar el bienestar físico, psíquico y social de las personas adultas mayores, a través de actividades artísticas, culturales, recreativas, artesanales y ocupacionales que promuevan una mayor participación para su desarrollo personal e integración a la sociedad.
Para ello, la municipalidad toma en cuenta sus condiciones específicas de salud, género y cultura, promoviendo una imagen positiva del envejecimiento en la sociedad y reconociendo los valores y experiencia de la vida de los adultos mayores.

Requisitos para ingresar al CIAM
Tener 60 años a más.
Copia de DNI con la dirección de Islay.
Copia de recibo de servicio (agua, luz o teléfono).
1 foto actual tamaño carnet o pasaporte.
Ficha de datos, otorgada por la administración del CIAM, completa.

🔀 Oficinas de Protección, Participación y Organización de Vecinos con Discapacidad (OMAPED)



La OMAPED es una dependencia de la dirección a cargo de los servicios sociales de la municipalidad, que atiende aspectos esenciales y complementarios en materia de:

Salud: realizar campañas de prevención y diagnóstico de la discapacidad en coordinación con la dirección regional de salud (Diresa) o sus dependencias, EsSalud y Conadis; realizar talleres sobre prevención de la discapacidad, orientar sobre programas de habilitación y rehabilitación, entre otros.

Educación: 
atender los requerimientos de accesibilidad a la educación, elaborar un plan de capacitaciones dirigidos a las y los docentes e instituciones educativas del distrito o provincia a fin de comunicar asertivamente sobre los derechos de las personas con discapacidad, requerir a las bibliotecas públicas, o sus similares en las plataformas virtuales, y privadas de su jurisdicción que implementen un programa de lectura con asistencia para el uso del sistema braille y otros elementos de lectura para personas con discapacidad visual, auditiva o parálisis motora, fomentar el desarrollo artístico de las personas con discapacidad, entre otros.

Capacitación y promoción del empleo: 
promover la inserción laboral en el distrito o la provincia, la capacitación técnica y superior para las personas con discapacidad promoviendo tarifas y becas educativas, implementar una bolsa de trabajo municipal para personas con discapacidad, promover los productos que elaboran las personas con discapacidad, implementar ferias donde se oferten productos de personas con discapacidad en coordinación con CONADIS, entre otros.
Sensibilización: realizar campañas de comunicación asertiva sobre la discapacidad para el personal municipal y para las y los vecinos del distrito, proporcionar información sobre las acciones desarrolladas por la municipalidad en materia de discapacidad en las revistas, boletines municipales u otros espacios comunicacionales orientados a difundir y entregar a las personas con discapacidad el material normativo que ampara sus derechos, comunicar periódicamente a las instituciones de los sectores público, privado y comunal sobre las obligaciones referidas al cumplimiento de las disposiciones en materia de protección a las personas con discapacidad, entre otros.

Accesibilidad urbanística y arquitectónica: informar al área municipal competente del incumplimiento de las normas de adecuación arquitectónica y urbanística de acuerdo con la normativa, promover la expedición de normas municipales tendientes al cumplimiento de normas técnicas de adecuación arquitectónica y urbanística, así como a normas sancionadoras y de construcciones en el distrito, entre otros.

Participación ciudadana: fomentar la participación efectiva de los familiares de las personas con discapacidad, especialmente la participación de las familias de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, fomentar la participación de las organizaciones de personas con discapacidad y familiares de personas con discapacidad, desarrollar programas de voluntariado que capaciten y comuniquen los derechos de las personas con discapacidad, entre otros.
Para conseguir sus fines la OMAPED debe realizar el:

a. Empadronamiento y registro de las personas con discapacidad:
La OMAPED implementa el empadronamiento de las personas con discapacidad ubicadas en su ámbito jurisdiccional; asimismo, elabora una base de datos de instituciones de salud y organizaciones que brindan servicios especializados en beneficio de estas personas.
A partir de sus base de datos, la OMAPED genera registros y carnés de identificación pero además estos registros especiales:
Registro de personas con discapacidad.
Registro de organizaciones que representan a las personas con discapacidad.
Registro de organizaciones conformadas por personas con discapacidad.
Registro de personas naturales o jurídicas u organizaciones que brindan atención, servicios y programas a personas con discapacidad.
Registro de personas naturales o jurídicas importadoras o comercializadoras de bienes o servicios especiales y compensatorios para personas con discapacidad.
Registro de sanciones por incumplimiento de la ley Nro. 29973.

b. Supervisión y cumplimiento de normas:
Es función de la OMAPED, poner en conocimiento de la unidad de control normativo de la dirección de normatividad del CONADIS el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la ley Nro. 29973 y su respectivo reglamento, en concordancia con las normas sobre infracciones y sanciones y otras, a efectos de que CONADIS inicie el procedimiento respectivo y aplique la sanción correspondientes.
Asimismo, deben velar por el cumplimiento de las normas que promueven, protegen y reconocen los derechos en favor de las personas con discapacidad, poniendo en conocimiento de las autoridades competentes, cualquier vulneración; vigilando que el destino de los montos que recaude la municipalidad por concepto de imposición de multas por incumplimiento a las normas que protegen de las personas con discapacidad se destine a los proyectos o programas municipales de apoyo social, laboral y educativo en beneficio de las personas con discapacidad.
El registro de sanciones por incumplimiento de la ley Nro. 29973 contendrá como información básica:
La denominación o razón social de las instituciones públicas y privadas multadas.
Los datos personales del infractor.
Los cargos del funcionario o ejecutivos infractores.
El tipo de infracción.
La naturaleza de la infracción impuesta.
El número y fecha de la resolución de sanción.
Los recursos impugnativos.
Los procesos judiciales.

Legislación aplicable
Numerales 1.7, 2.4 y 2.12 del artículo 84 de la ley orgánica de municipalidades, Ley Nº 27972.
Artículo 2 de la ley general de la persona con discapacidad, Ley Nº 29973.
Reglamento de la Ley Nº 29973, ley general de la persona con discapacidad, Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP.
Lineamientos de política de acción para las oficinas municipales de protección, participación y organización de vecinos con discapacidad, Resolución de Presidencia Nº 099-2006-PRE/CONADIS.
Lineamientos para la administración de los registros regionales y municipales de la persona con discapacidad, Resolución de Presidencia Nº 004-2018-CONADIS/PRE.