Número: 86
Año: 2025
Descripción:
ARTICULO PRIMERO.· RESOLVER DE FORMA PARCIAL EL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTOTRIA N°015-2023-MPLP·TM, de fecha 27 de junio de 2023; suscrito.
VALDIVIA ACOSTA CARLOS, conforme a la causal de resolución de contrato que se numeral 165. 4 del art. 165. 1 del art. y del 165 del Reglamento de la Ley de Contrata es que el proveedor incumplió injustificadamente con la entrega de los servicios de consultoría de obra para la Elaboración del Estudio Definitivo (Expediente Técnico del proyecto de inversión publica "Mejoramiento de la competitividad de la cadena del valor del plátano en 6 distritos de la provincia de Leoncio Prado Departamento de Huánuco, con CUI N°2518886; cualquiera de las partes puede resolver el contrato por caso fortuito, fuerza mayor o por hecho sobreviniente al perfeccionismo del contrato que no sea imputable a las partes y que imposibilite de manera definitiva la continuación de la ejecución del contrato de Servicio de Consultoría N°015-2023-MPLP-TM; y por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.