Número: 477
Año: 2026
Descripción: ARTÍCULO 1°.- APLICAR la Multa Pecuniaria establecido en la Ordenanza Municipal N° 011-2022-MPLP, en el Cuadro Único de Infracciones, administrado: HUAMAN CUEVA JUAN, CON DNI N° 22964508; UBICADO: EN EL SECTOR BUENOS AIRES PRIMERA ENTRADA - ASOCIACION DE VIVIENDA VILLA LAS FLORES, por haber incurrido en la Infracción tipificado con el Código de la Falta 01-200 SGPMFYC le impusieron por el motivo de “POR CRIAR Y TENER ANIMALES PARA EL CONSUMO HUMANO EN LUGARES E INSTALACIONES INADECUADAS QUE ATENTEN CONTRA LA SALUD PÚBLICA”; contenida en las Actas de Fiscalización N° 008899 (17/07/2025) y N° 000937 (29/10/2025), falta considerado como Leve, la multa es el 25% de la UIT, siendo el equivalente a S/ 1,337.50 (Mil Trescientos Treinta y Siete con 50/100 soles), por el motivo antes expuesto en la parte considerativa.