SEGURIDAD CIUDADANA
En el año 2003 fue publicada la Ley N° 27933 que creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, con el fin de diseñar, elaborar y ejecutar políticas públicas de forma coordinada interinstitucional en cada uno de los niveles de gobierno, mediante el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec) y los respectivos comités regionales, provinciales y distritales.
Para Defensoría del Pueblo la inseguridad ciudadana constituye un problema de especial relevancia y atención, toda vez que afecta la vigencia de derechos de primer orden, como a la vida, a la integridad y a la libertad de las personas y porque, además, perjudica la estabilidad y el desarrollo de la nación.
Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (Coprosec)
De acuerdo con la Ley N° 27933, «Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana», es el órgano ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (Sinasec), es presidido por el alcalde provincial e integrado por los siguientes miembros:
– La autoridad política de mayor nivel de la localidad.
– El jefe policial de mayor graduación de la jurisdicción
– La autoridad educativa del más alto nivel.
– La autoridad de salud o su representante.
– Un representante del Poder Judicial, designado por el presidente de la Corte Superior de la jurisdicción.
– Un representante del Ministerio Público, designado por el Fiscal Superior Decano de la jurisdicción.
– El Defensor del Pueblo o el que hiciere sus veces.
– Tres alcaldes de los distritos con mayor número de electores de la provincia.
– Un representante de las juntas vecinales.
– Un representante de las rondas campesinas.
Funciones
– Estudiar y analizar los problemas de seguridad ciudadana.
– Promover la organización de las juntas vecinales.
– Formular, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana.
– Ejecutar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana dispuestos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
– Supervisar la ejecución de los planes y programa de seguridad ciudadana.
– Celebrar convenios institucionales.
– Coordinar y apoyar los planes, programas y/o proyectos de seguridad ciudadana por las jurisdicciones colindantes.
Atribuciones
– Aprobar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, en concordancia con las políticas contenidas en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, informando al concejo.
– Dictar directivas de seguridad ciudadana.
– Difundir las medidas y acciones sobre seguridad ciudadana y evaluar el impacto de las mismas en la comunidad.
– La autoridad política de mayor nivel de la localidad.
– El jefe policial de mayor graduación de la jurisdicción
– La autoridad educativa del más alto nivel.
– La autoridad de salud o su representante.
– Un representante del Poder Judicial, designado por el presidente de la Corte Superior de la jurisdicción.
– Un representante del Ministerio Público, designado por el Fiscal Superior Decano de la jurisdicción.
– El Defensor del Pueblo o el que hiciere sus veces.
– Tres alcaldes de los distritos con mayor número de electores de la provincia.
– Un representante de las juntas vecinales.
– Un representante de las rondas campesinas.
Funciones
– Estudiar y analizar los problemas de seguridad ciudadana.
– Promover la organización de las juntas vecinales.
– Formular, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana.
– Ejecutar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana dispuestos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
– Supervisar la ejecución de los planes y programa de seguridad ciudadana.
– Celebrar convenios institucionales.
– Coordinar y apoyar los planes, programas y/o proyectos de seguridad ciudadana por las jurisdicciones colindantes.
Atribuciones
– Aprobar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, en concordancia con las políticas contenidas en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, informando al concejo.
– Dictar directivas de seguridad ciudadana.
– Difundir las medidas y acciones sobre seguridad ciudadana y evaluar el impacto de las mismas en la comunidad.
Comité distrital de Seguridad Ciudadana (Codisec)
El CODISEC cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba.
Cada Municipalidad Distrital determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana.
Funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC:
Presentar ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana la propuesta de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, verificando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población.
1. Supervisar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos distritales de seguridad ciudadana, en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del COPROSEC.
2. Elaborar el informe de evaluación de su Comité Distrital de Seguridad Ciudadana.
3. Articular permanentemente con los integrantes del CODISEC para fortalecer la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción distrital.
4.Articular permanentemente con las Secretarías Técnicas del CORESEC y CONASEC para recibir asistencia técnica descentralizada.
5. Promover la articulación interinstitucional para atender integralmente la problemática de la inseguridad ciudadana, con énfasis en la prevención focalizada y la mitigación de los factores de riesgo, dando prioridad a los territorios más vulnerables de la jurisdicción, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población.
6. Preparar la información estadística de seguridad ciudadana, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del COPROSEC.
7. Promover la participación ciudadana para fortalecer la seguridad ciudadana y la conformación de Juntas Vecinales.
8. Coordinar los lineamientos y especificaciones técnicas para garantizar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de radio y video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura distrital integrada a nivel nacional.
Cada Municipalidad Distrital determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana.
Funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC:
Presentar ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana la propuesta de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, verificando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población.
1. Supervisar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos distritales de seguridad ciudadana, en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del COPROSEC.
2. Elaborar el informe de evaluación de su Comité Distrital de Seguridad Ciudadana.
3. Articular permanentemente con los integrantes del CODISEC para fortalecer la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción distrital.
4.Articular permanentemente con las Secretarías Técnicas del CORESEC y CONASEC para recibir asistencia técnica descentralizada.
5. Promover la articulación interinstitucional para atender integralmente la problemática de la inseguridad ciudadana, con énfasis en la prevención focalizada y la mitigación de los factores de riesgo, dando prioridad a los territorios más vulnerables de la jurisdicción, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población.
6. Preparar la información estadística de seguridad ciudadana, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del COPROSEC.
7. Promover la participación ciudadana para fortalecer la seguridad ciudadana y la conformación de Juntas Vecinales.
8. Coordinar los lineamientos y especificaciones técnicas para garantizar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de radio y video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura distrital integrada a nivel nacional.