IMPUESTO A LOS JUEGOS Y ESPECTACULOS NO DEPORTIVOS

IMPUESTO A LOS JUEGOS Y ESPECTÁCULOS

  El Impuesto a los Juegos y Espectáculos grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. El impuesto no se aplica a las actividades gravadas con el Impuesto a las Apuestas.

La empresa o institución que realiza las actividades antes mencionadas está obligada al pago del impuesto. También las empresas o personas organizadoras actuarán como agentes de retención del impuesto que recaiga sobre las apuestas.   Esto ocurre respecto de las personas favorecidas con loterías, quienes siendo contribuyentes del impuesto sobre los premios obtenidos, deben aceptar la retención que realice la entidad organizadora del juego de lotería.

El administrador y recaudador del impuesto es la Municipalidad Provincial para el caso de juegos de loterías, en cuya jurisdicción se encuentre ubicada la sede social de las empresas organizadoras.  Para el caso de los juegos de bingo, rifas y sorteos, será la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice la actividad gravada o se instalen los juegos.

 

Juegos y espectáculos no deportivos - Preguntas frecuentes

 

1. ¿Cuál es la base imponible?

  Para juegos de bingo, rifas, sorteos y similares, será el valor nominal de los cartones de juego o de los boletos de juego. En el caso de loterías, será el monto o valor de los premios. En caso de premios en especie, se utilizará como base imponible el valor de mercado del bien.

2. ¿Cuál es la tasa del impuesto?

  Para juegos de bingo, rifas, sorteos y similares, la tasa del impuesto es del 10%. Para loterías, la tasa del impuesto es del 10%.

3. ¿Cuál es el plazo para el pago del impuesto?

  El impuesto es de periodicidad mensual y se cancelará dentro del plazo establecido por el Código Tributario, es decir, dentro de los doce (12) primeros días hábiles del mes siguiente a aquél en que se realizaron las actividades gravadas.  Para realizar el pago se utilizará el formulario de Impuesto a los Juegos, el cual puede obtenerse en nuestras oficinas. 

4. ¿Dónde puedo realizar el pago del impuesto?

  Se debe pagar en la Municipalidad Distrital de la Jurisdicción donde se encuentra ubicado el inmueble materia de transferencia, en el caso de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado debe realizarlo en la Gerencia de Administración Tributaria.

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